En PAGRAN os queremos recordar que hay vehículos que necesitan dos seguros, los cuales, citaremos a continuación.
En la ley actual esta estipulado que todos los vehículos a motor deben de tener un seguro obligatorio, pero hay casos específicos en los cuales los vehículos deben de tener 2 seguros obligatorios. Concretamente son aquellos vehículos que llevan un remolque o caravana cuya MMA (Masa Máxima Autorizada) supere los 750kg. Estos conductores deben de tener un permiso de circulación propio para el remolque, una matricula roja y un seguro independiente del vehículo tractor.
A demás para conducir estos remolques de más de 750Kg, los conductores deben de obtener un permiso de circulación especifico, el B96, el cual no es un carnet de conducir como tal, pero es una autorización que es necesaria para poder llevar estos remolques de una MMA entre 750Kg y 4250Kg. Para obtener este permiso se deben pasar dos pruebas, una de maniobras en circuito cerrado y otra de circulación en un circuito abierto.
Solo los conductores de vehículos con remolques no ligeros deben de cumplir con esta condición. Los conductores que lleven remolques ligeros, es decir, de 750Kg o menos, solo les es necesario el permiso de conducir B. Es importante conocer esta normativa para evitar multas y sanciones, por eso desde Pagran les damos esta información, para recordarles que siempre estamos a vuestra disposición para cualquier tipo de duda que tengan con su seguro de coche, remolque o caravana.
www.pagran.com Teléfono: 619 119 647
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